¿Por qué los jóvenes deben estar en un Fondo Privado de Pensiones?

14
,
Sep 2022
Publicado en:

¿Por qué los jóvenes deben estar en un Fondo Privado de Pensiones?

En la actualidad hay muchas noticias e información acerca de que le conviene más a las personas que cotizan a pensiones obligatorias, si estar en Colpensiones o estar en Fondos Privados, incluso usted puede conocer casos de personas jóvenes que han tomado la decisión de afiliarse al sistema público de pensiones, basado en unos cálculos futuros de pensión, cuando todavía les faltan muchos años por delante para llegar a esa meta, sin tener la certeza que tendrán trabajo o mantendrán los ingresos durante ese tiempo, lo que podría cambiar los resultados de pensión esperados.

El ejemplo es de un jóven con 24 años de edad, que le faltan 38 años para cumplir la edad de pensión, en este caso, lo mejor es estar afiliado en un fondo privado, donde puede generar en el largo plazo unos rendimientos interesantes sobre sus aportes, que al final se pueden ver representados en una mayor mesada pensional.

Más adelante, poder tomar una decisión consciente en el momento indicado, haciendo uso de la herramienta de “doble asesoría” que permite conocer las diferencias y beneficios que ofrece cada régimen. Para el caso de los hombres, este análisis debe hacerse hasta antes de cumplir los 52 años, y mujeres hasta antes de cumplir los 47 años.

Por eso mientras llega el momento de decidir, la sugerencia es estar en Fondo Privados, ya que la rentabilidad histórica de los Fondos Privados ha mostrado que, en el largo plazo, las cuentas individuales delos afiliados en los fondos privados al cabo de 10 o 15 años están conformadas por un 70% rendimientos y 30% aportes. El interés compuesto se convierte en una herramienta de crecimiento de capital importante en cualquier planeación del retiro para futuras herencias y para mejorar mesadas pensionales.




Tenga en cuenta:

  • Al llegar a los 46 años, si es mujer ó a los 51 años si es hombre, la sugerencia es, haga el estudio comparativo de “doble asesoría”, pues en     ese momento, sabrá las condiciones reales de trabajo, salario e ingresos.
  • Recuerde que en los Fondos Privados, puede pensionarse a cualquier edad, siempre y cuando el capital  acumulado le permita recibir una pensión mínima establecida en la ley.
  • En los Fondos Privados puede hacer aportes “extras” por ejemplo aportes voluntarios que le permiten tener beneficios en impuestos y podría mejorar el valor futuro de su pensión.
  • Al momento de fallecer, en caso que no existan beneficiarios, en Colpensiones, no se hereda la pensión y tampoco se devuelven dineros. En los Fondos Privados a diferencia del fondo público, cuando un pensionado fallece y se encuentra bajo la modalidad de retiro programado y no tiene beneficiarios de ley para sustituir el beneficio, el saldo total se devuelve a sus familiares.
  • Las personas que ganan el salario mínimo toda la vida, se van a pensionar con ese mismo ingreso, el beneficio que ofrecen los Fondos Privados, es que al completar 1.150 semanas de cotización y al llegar a la edad para jubilarse, si el capital que ha acumulado no le     alcanza para recibir pensión, podrá solicitar hacer uso del FONDO DE GARANTIA DE PENSION MÍNIMA, que le garantice una mesada del salario mínimo. Esta garantía no aplica en Colpensiones.
  • En el punto anterior, si la persona no alcanzó a las 1.150 semanas en el Fondo Privado, y el capital tampoco le alcanza para recibir pensión, y es mujer con 57 años de edad u hombre de 62 años de edad, podrá acceder a la devolución de saldos, como se llama en el fondo de pensiones, que consiste en que le devuelven su capital ahorrado.

 

Por último, antes de tomar cualquier decisión referente al tema de pensiones, déjese asesorar de un experto pues cada caso es único y debe analizarse de forma individual ya que dependerá de variables como edad, semanas cotizadas, salario de cotización actual y proyectado, fecha de nacimiento de beneficiarios, entre otros.

Escrito por:

Juan Andres Morales

Financial Planner AMV

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